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Edificios de la zona Plaza Independencia de Montevideo

NUESTRO SERVICIO DE MANTENIMIENTO

Poliza de ascensores del banco de seguros del estado de la empresa "la casa del ascensor"
"La casa del ascensor" es una empresa habilitada por la Intendencia de Montevideo

La empresa cuenta con póliza en el Banco de Seguros del Estado de responsabilidad civil y cumple con todas las reglamentaciones y ordenanzas municipales vigentes dispuestas por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas de la Intendencia de Montevideo encontrándose registrada con el número 44 en dicho organismo de contralor con su correspondiente Ingeniero responsable.

zona de la plaza independencia de montevideo donde existen muchos ascensores viejos

INTRODUCCIÓN

El ascensor forma parte de aquellos servicios que no pueden detenerse. Nosotros los usuarios lo usamos sin darnos cuenta de la importancia que tiene en nuestro día a día o en el de la propia ciudad. 

Si un vehículo se rompe sabemos que siempre hay una alternativa, el transporte colectivo, el taxi, las aplicaciones o cualquier otro tipo de servicio vehicular disponible, pero desafortunadamente no contamos con un vehículo que pueda sustituir al transporte vertical, y su detención suele ser un evento que "dispara" la preocupación de los usuarios acerca de la restauración del servicio, de cuál es la empresa detrás del mismo y de qué forma ésta se maneja en este tipo de situaciones. Comprendiendo así la preocupación que afecta a las personas cuando se necesita realizar una reparación que involucra la detención del ascensor, informar a éstos acerca de la evolución de los trabajos forma parte de nuestro proceso, desde que se origina el problema hasta que se da por terminada la reparación correspondiente.

ACERCA DE LAS OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO

Es parte de las ordenanzas municipales la obligatoriedad de parte del propietario de encargar la conservación de la instalación a una empresa autorizada por SIME y tenga presente que en caso de no cumplir con esta ordenanza y de producirse algún tipo de accidente el propietario es total responsable civil y penal por no contar con empresa autorizada.

A continuación la normativa correspondiente relativa a las obligaciones de los propietarios en instalaciones con transporte vertical:

Artículo D.4216.52

Obligaciones de los propietarios.

1. Todo propietario de dispositivos comprendidos en el presente Capítulo debe cuidar que sus instalaciones se mantengan en perfecto estado de funcionamiento, así como impedir su uso cuando no ofrezca las debidas garantías de seguridad. A estos efectos debe cumplir las siguientes obligaciones:

  a) encargar la conservación de la instalación a una empresa autorizada por SIME, y comunicar a dicha Oficina el nombre de la empresa designada para este fin en un plazo máximo de 5 días hábiles, a excepción de los montabultos, siendo entera responsabilidad del propietario mantener las instalaciones en iguales condiciones en las que fueron habilitadas.

  b) no realizar ningún tipo de reforma, obra o similar en espacios de máquinas y poleas, puertas de piso o cabina, revestimiento de cabina u otras partes de la instalación o alrededores que puedan interferir con el normal funcionamiento de la misma sin obtener autorización de la empresa conservadora.

  c) no permitir el acceso a sala de máquinas a terceros sin encontrarse presente.

  d) prohibir el funcionamiento de las instalaciones sin habilitación o precintadas por SIME.

  e) prohibir el funcionamiento de la instalación cuando por sí mismo o por aviso de la Empresa conservadora, se tenga conocimiento que la misma no cumple las condiciones debidas de seguridad.


  f) comunicar en forma inmediata a SIME en caso de accidente, y no reanudar el servicio hasta que lo autorice la Oficina mencionada.


  g) hacer uso correcto de las instalaciones según la habilitación otorgada por SIME y las instrucciones recibidas por la Empresa conservadora.


  h) asegurar que los niveles de inmisión sonora en todo local habitable producido por el funcionamiento de las instalaciones comprendidas en el presente Capítulo, no superen los 39 dBA, recayendo la responsabilidad en el propietario a través de la empresa instaladora o conservadora, según corresponda.


  i) en caso de desmantelar la instalación, comunicar a SIME.


  j) si la instalación se encuentra en un local comercial o industrial, contar con la habilitación vigente de SIME según reglamentación correspondiente.


  k) abonar la tasa anual a excepción de:

    1) dispositivos en vivienda unifamiliar

    2) montabultos sin importar el destino

    3) dispositivos de accesibilidad a excepción de las plataformas verticales cerradas sin importar el destino.


  l) entregar un juego de llaves de la puerta de la sala de máquinas a la empresa conservadora y mantener otro en el edificio a disposición del personal inspectivo de la Intendencia.

 
  m) mantener el acceso a los espacios de máquinas y poleas, accesibles solamente a personas autorizadas (mantenimiento, inspección y rescate de pasajeros).


  n) mantener en servicio, en forma ininterrumpida, los ascensores exigidos por este Capítulo, salvo las interrupciones estrictamente necesarias para efectuar reparaciones.

2. Los ascensores no exigibles por este Capítulo pueden retirarse temporaria o definitivamente de servicio, debiendo en tal caso dar aviso a SIME para ser precintados e impedir su utilización, si se desea la exoneración del pago de tasas y de las obligaciones establecidas en el inciso A).b) del presente artículo.

NUESTRO SERVICIO

Nuestro servicio de mantenimiento de ascensores y montacargas es un servicio de atención que funciona ininterrumpidamente las 24 horas del día durante los 365 días del año e incluye una visita mensual para engrase, lubricación y verificación de los elementos y componentes de la seguridad del equipo y de su correcto funcionamiento. 

La empresa se encuentra habilitada con el número de registro 44 ante el S.I.M.E (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas de la Intendencia de Montevideo) y cuenta con Ingeniero responsable con su correspondiente habilitación ante dicho organismo de contralor.

Edificios y construcciones de la Ciudad Vieja de Montevideo
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